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GERENCIA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL
Secretaría General

La Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional es el órgano de apoyo encargado de planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades y actos protocolares de la institución y la difusión de las obras y acciones de desarrollo local, que ejecuta la municipalidad en beneficio de la población.

Está a cargo de un funcionario de confianza con categoría de Gerente, designado por el Alcalde, que depende funcional y jerárquicamente de la Alcaldía. Su denominación es Gerente de Comunicaciones e Imagen lnstitucional.

Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional:

a) Planificar, organizar, dirigir y supervisar las actividades y programas de comunicaciones y relaciones institucionales, protocolo e imagen corporativa.
b) Proponer, desarrollar e implementar, estrategias e instrumentos de información y comunicación a nivel interno y externo.
c) Supervisar y coordinar acciones de relaciones públicas y de protocolo del Alcalde o sus representantes, para la atención en las actividades organizadas por la municipalidad.
d) Organizar y coordinar la asistencia del Alcalde o sus representantes a los actos oficiales o actividades en las que corresponde participar a la Municipalidad.
e) Organizar, coordinar y supervisar las comunicaciones con los medios de difusión.
f) Informar periódicamente al Alcalde, el desarrollo de los proyectos, programas y actividades a su cargo.
g) Efectuar el diagnóstico de la imagen de la municipalidad, a través de encuestas directas o efectuadas por instituciones especializadas.
h) Elaborar, coordinar y supervisar el diseño y consolidar las publicaciones impresas y electrónicas, emitidas por las gerencias de la municipalidad y distribuirla de acuerdo a las políticas de comunicación y disposiciones de austeridad.
i) Establecer y mantener coordinación al más alto nivel con organismos e instituciones públicas y privadas, transmitiendo la imagen y la mística de la municipalidad.
j) Formular, actualizar y proponer la normatividad interna de su competencia.
k) Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones legales o que le sean asignadas por la Alcaldía, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades.
r) Otras funciones afines que le asigne la Alcaldía.





 

 
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