De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta comuna, aprobado por la Ordenanza Nº 046, concordando con el Decreto de Alcaldía Nº 031-2002, que aprobó el Reglamento para la realización de eventos no deportivos con fines de lucro en el distrito, establecen los siguientes requisitos:
AUTORIZACIÓN DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS CON ARTISTAS NACIONALES Y/O EXTRANJEROS (FIESTAS, EVENTOS, ETC) POR UN DÍA
| 1. Solicitud de trámite con anticipación no menor de quince (15) días hábiles al evento. |
| 2. Copia simple del Testimonio de Constitución de la empresa organizadora, así como su inscripción en los registros Públicos, en caso de ser persona jurídica. |
| 3. Copia del Documento de Identidad del organizador o representante legal. |
4. Copia del Registro Único de Contribuyentes |
5. Pago de los derechos administrativos correspondientes |
| 6. Copia de Licencia de Funcionamiento vigente, de ser el caso. |
7. Copia del contrato de arrendamiento o autorización del local |
| 8. Programa y relación de artistas |
9. Facturas de boletaje |
10. Integro del Boletaje para ser sellado, de ser el caso |
11. Modelo del boleto |
| 12.Contrato de vigilancia privada, a fin de resguardar la seguridad interna y control de acceso al evento. |
| 13. Contrato o Convenio suscrito con una empresa, institución y/o entidad especializada en servicios médicos de emergencia, en la cual se establezca la responsabilidad del organizador con respecto a la atención y gastos médicos de los asistentes. |
14. Carta de compromiso de los organizadores, respecto de la limpieza de los exteriores y/o lugar del evento, de realizarse en la vía pública, después de su realización, así como del resarcimiento del daño que se pudiese ocasionar a la propiedad pública o privada. |
| 15. Calificación del INC, de ser el caso. |
16. Documento que acredite el apoyo de la Policía Nacional del Perú |
| 17. Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Favorable: |
a) |
Para aquellos con capacidad de 500 personas: Básica, emitido por la Municipalidad. |
b) |
ra aquellos con capacidad de más de 500 personas: de Detalle, emitido por la Dirección Regional de Defensa Civil Lima - Callao. |
18. Informe de la Compañía General de Bomberos respecto a las condiciones de seguridad que presenta el lugar de realización del evento, en el caso de una asistencia superior a las 6,000 personas. 19. Plan de Seguridad integral realizado por consultor nacional o internacional especializado en seguridad. |
19. Plan de Seguridad integral realizado por consultor nacional o internacional especializado en seguridad. |
AUTORIZACIÓN PARA ESPECTÁCULOS NO DEPORTIVOS CON ARTISTAS NACIONALES Y/O EXTRANJEROS POR PERÍODOS MAYORES A UN DÍA EN LOCALES CON LICENCIA MUNICIPAL PERMANENTE COMO: RESTAURANTES, CLUBES Y SIMILARES.
| 1. Solicitud de trámite con anticipación de quince (15) días útiles al evento Formato de Declaración Jurada |
| 2. Declaración Jurada de contar con Licencia de Funcionamiento. |
| 3. Copia del contrato de arrendamiento o autorización del local, de ser el organizador persona diferente al conductor del negocio |
| 4. Informe de Inspección Técnica de Seguridad en Defensa Civil Favorable |
| 5. Relación de artistas |
| 6. Pago de derecho: - Por mes o fracción prorrata 11.77 % UIT |
| 7. Factura de boletaje. |
| 8. Integro de boletaje para su sellado, de ser el caso. 1.68 % UIT. |
AUTORIZACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES SOCIALES (FIESTAS) EN VIVIENDAS Y/O LOCALES SIMILARES.
1. Solicitud de trámite con anticipación de dos días útiles.
2. Copia del Título de propiedad o del contrato de arrendamiento del inmueble.
En aplicación del Decreto de Alcaldía Nº 031-2002, que aprobó el Reglamento para la realización de eventos no deportivos con fines de lucro en el distrito, las solicitudes para la realización de megaeventos, deben ser presentadas con una anticipación mínima de Quince (15) días hábiles y la autorización se otorgará sólo hasta las 22:00 horas.
Por su parte, la Ley Nº 27276 Ley de Seguridad en Espectáculos Públicos No Deportivos, con gran concentración de personas, establece la obligación del organizador del espectáculo de presentar a la Prefectura, copia del plan de protección y seguridad aprobado por la Oficina de Defensa Civil, con anticipación no menor de(10) diez días hábiles a la realización de evento, a fin de que dicha autoridad adopte las medidas correspondientes en coordinación con la Policía Nacional del Perú, el Instituto Nacional de Defensa Civil, el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, y la Municipalidad respectiva. Asimismo prohíbe expresamente que en los espectáculos públicos se ingresen todo tipo de bedas alcohólicas y personas en estado de ebriedad o con alteración de la conciencia por efecto de cualquier droga.
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