Código |
Infracción |
% uit |
18301 |
Por criar o tener más de dos canes por predio sin autorización municipal |
20 |
18302 |
Por criar o tener canes en edificios de viviendas multifamiliares, condominios y otros similares donde el reglamento interno lo prohiba, no lo mencione o no cuente con tal. |
20 |
18303 |
Por abrir, conducir o administrar en un predio centros de crianza de canes |
100 |
18304 |
Por permitir la permanencia o circulación de animales de compañía sin la supervisión y compañía de una persona responsable a su cargo |
20 |
18305 |
Por no tomar las acciones necesarias para evitar que el o los canes a su cargo causen molestias a los vecinos con sus ladridos |
40 |
18306 |
Por adiestrar caries para acrecentar su agresividad |
100 |
18307 |
Por adiestrar canes en la vía publica o áreas de dominio publico |
20 |
18308 |
Por no reportar a la autoridad sanitaria correspondiente la zoonosis en sus canes |
40 |
18309 |
Por no registrar en la Municipalidad (Sanidad Animal) los canes a su cargo |
20 |
18310 |
Por no registrar en la Municipalidad (Sanidad Animal) a los canes potencialmente peligrosos a su cargo |
40 |
18311 |
Por no contar los canes a su cargo con collarín, carné de identificación u otro dispositivo de identificación |
20 |
18312 |
Por no comunicar a la Municipalidad (Sanidad Animal) el cambio de domicilio, la venta, el traspaso, la pérdida, el robo o la muerte del can de su propiedad |
10 |
18313 |
Por no contar con la licencia municipal para la tenencia de un can potencialmente peligroso |
10 |
18314 |
Por participar, organizar, promover o difundir las peleas de canes |
100 |
18315 |
Por no renovar anualmente el certificado de sanidad animal del can |
20 |
18316 |
Por permitir la circulación y permanencia de canes en áreas de uso y dominio público sin la compañía y sujeción de una persona adulta responsable de su cuidado |
20 |
18317 |
Por permitir la circulación y permanencia de canes potencialmente peligrosos en áreas de uso y dominio público sin la compañía y sujeción de una persona adulta responsable de su cuidado |
40 |
18318 |
Por permitir la circulación, traslado y transporte de canes potencialmente peligrosos sin los debidos implementos de seguridad (bozal, collar o arnés con cadena, correa o cordón resistente) |
80 |
18319 |
Por transportar canes en forma inadecuada sin jaulas, canastas o cajas apropiadas. Se sanciona tanto al propietario o poseedor y al transportista |
40 |
18320 |
Por permitir el ingreso y permanencia de canes a establecimientos de salud, camales o mataderos, establecimientos de fabricación de alimentos, centros de acopio, distribución, comerciaización, expendio de alimentos y bebidas de consumo humano, mercados de abasto, restaurantes y otros giros afines |
20 |
18321 |
Al propietario del can que muerda o lesione a personas |
80 |
18322 |
Al propietario del can que muerda o lesione a otro can u otros animales |
40 |
18323 |
Al propietario del can u otro animal que contamine con sus excrementos las áreas de uso público |
40 |
18324 |
Al propietario del can u otro animal que contamine con sus excrementos los centros de atención, comercialización y adiestramiento de canes |
80 |
18325 |
Al propietario del can que lo críe y/o mantenga en inadecuadas condiciones higiénico-sanitarias que afecten su salud, así como la de las personas |
10 |
18322 |
A la persona que abandone en la vía pública canes enfermos o muertos |
20 |
OTROS |
DE LA TENENCIA O CRIANZA DE AVES DE CORRAL Y ANIMALES DE GRANJA |
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18328 |
Por criar aves de corral (gallos de pelea, gallinas, codornices, palomas, patos, ganso y similares), animales de granja (cuyes, conejos, ovinos, caprinos, equinos), camélidos entre otros, dentro del área o zona urbana del distrito |
40 |